2.431 detenidos preventivos pueden ser resarcidos si son sobreseídos
Hay 2.431 detenidos preventivamente en Cochabamba que podrían pedir una indemnización, pero, en criterio del Consejo de la Magistratura, antes, sus casos tienen que ser sobreseídos.
El sobreseimiento es la suspensión de un proceso judicial.
El asesor jurídico del Consejo de la Magistratura de Cochabamba, Jhonny Rocha, explicó el procedimiento que se debería seguir para exigir una remuneración.
Dijo que si después de que se pidió la detención preventiva de un acusado, en el marco de la etapa investigativa, el Ministerio Público “saca un sobreseimiento”, entonces estas personas (detenidas preventivamente) “podrían solicitar (una reparación) por algún daño que hubiesen sufrido a consecuencia de esta restricción de su libertad”.
No obstante, reconoció que “eso en la práctica no conozco”. Añadió que el resarcimiento, generalmente, se da entre particulares.
Es decir, si una persona es acusada de cometer un delito, pero, tras el proceso judicial se determina que es inocente, al salir del recinto penitenciario podría iniciar “una acción recriminatoria en contra del acusador”.
En esta situación, según Rocha, la reparación de los daños y perjuicios serán realizados por la persona que presentó la denuncia, no por el Estado o las autoridades Judiciales. Pero, no se tocarán fondos de la “caja de reparaciones”, un monto económico que, supuestamente, está previsto para reparar errores judiciales en Bolivia.
OBSERVACIÓN
El representante de la Defensoría del Pueblo en Cochabamba, Nelson Cox, dijo que, si bien los privados de libertad que están detenidos preventivamente en las cárceles de Cochabamba podrían pedir reparación de daños y perjuicios, no pueden iniciar ese proceso en contra de las autoridades, sino contra la gente que los acusó injustamente.
EL FONDO DE
INDEMNIZACIÓN
Rocha explicó que Órgano Judicial está divido en tres: el área jurisdiccional (jueces y tribunales), Consejo de la Magistratura (ente de control, fiscalización y disciplinario) y la Dirección Administrativa Financiera (maneja los recursos financieros).
En caso de que una víctima de un error judicial pida una indemnización, tendría que hacerlo a través del Consejo de la Magistratura. Posteriormente, esa institución pedirá informes y ordenará a la Dirección Administrativa Financiera que pague.
Pero, aclaró que solo se puede proceder con una reparación con base en una resolución judicial.
CASOS
Rocha ejemplificó, sin entrar en muchos detalles, que entre el 2012 y 2013, se conoció el caso de un señor que estuvo detenido durante 13 años por una supuesta violación a su hija.
Al cabo de ese tiempo, le dieron una sentencia absolutoria porque era inocente. Es decir, le concedieron libertad.
Cuando salió del penal, acudió al Consejo de la Magistratura para que lo orienten cómo proceder para obtener una reparación del daño que le ocasionaron.
Según Rocha, inicialmente, la intención de ese hombre era “irse contra” el Centro Una Brisa de Esperanza (CUBE), una institución especializada en casos de violencia sexual a niños, niñas y adolescentes.
Pero, más allá del procedimiento que siguió esa persona, Rocha resaltó que pedía a personas o entes particulares que le den un resarcimiento, no al Estado o los policías que lo arrestaron.
JUICIOS ORDINARIOS
Cox indicó para que las víctimas procesen a las personas que las acusaron falsamente hay procesos ordinarios.
Un preso que no cometió un delito, después de que tiene una sentencia condenatoria, puede solicitar ser reparado económicamente. Pero, casi nadie llega con “fuerzas suficientes” a esa etapa y no ejecuta ese proceso, reconoció Cox.
Ambas autoridades coincidieron en que todas las personas pueden realizar procesos por daños y perjuicios en Bolivia.
El médico Jhiery, “que resultó ser víctima del sistema judicial como tal”, debido a que fue acusado erróneamente de violar a un bebé en 2014, no podrá acceder a un procedimiento específico por ese error judicial que cometieron las autoridades judiciales.
En criterio de Cox, la única instancia a la que podría recurrir el médico es la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En esa entidad tienen un procedimiento específico que en Bolivia no hay.
Derecho
Numerosas normativas nacionales de otros países establecen indemnización cuando hay constancia de un error judicial.
1 Error
Un error judicial es una categoría de abuso a los derechos humanos.
Es una infracción judiciaria cometida generalmente por órganos estatales judiciales contra privados que exigen una indemnización.