Los condenados o sus herederos pueden cobrar indemnización si hay error judicial
El médico Jhiery Fernández pasó tres años y 10 meses en la cárcel paceña San Pedro. Durante ese período, ante la sociedad, él violó a un bebé el 14 de noviembre de 2014, pero su consciencia estaba limpia.
La Justicia lo condenó erróneamente a 20 años de prisión, a pesar de que no había una prueba de ADN que lo inculpe y de que 40 testigos indicaron que el profesional estaba en otro lugar cuando sucedió el vejamen al menor de edad.
Fue imputado con base en resultados forenses tomados por una médica “inexperta” y era inocente, así lo reconoció en abril de 2018, Patricia Pacajes, la jueza que presidía el Tribunal Décima de Sentencia.
La versión de Pacajes dio un giro a la historia y, en noviembre de 2018, la Justicia concedió libertad “pura y simple” al doctor. Pero, ¿Cómo indemnizaron los daños y perjuicios ocasionados?
Económicamente, Jhiery y otras víctimas de errores judiciales están amparadas por el Código de Procedimiento Penal.
El artículo 276 de ese documento especifica que “el injustamente condenado podrá optar por reclamar la indemnización en el mismo proceso o en otro que corresponda”.
La normativa señala que, inclusive, los herederos de los presos por error pueden cobrar ese resarcimiento que, en Bolivia, se calcula con base en el sueldo básico.
La defensa de Jhiery anunció que pediría un resarcimiento, pero ese proceso aún está pendiente. La Alcaldía de La Paz le dio un trabajo en el Hospital Municipal de Cotahuma.
DETALLES
En el Capítulo II del Código de Procedimiento Penal se establece que un “condenado sea absuelto o se le imponga una pena menor” recibirá una remuneración económica en función al tiempo que estuvo privado de libertad.
Según el mismo documento, los afectados que quieran acceder a esa compensación pueden iniciar otro proceso o reclamar la indemnización dentro del mismo caso.
El juez que esté a cargo del caso o el tribunal correspondiente realizará el pago con base al siguiente parámetro: cada uno de los días de pena privativa de libertad que cumplió el recluso equivale a un día de haber de sueldo o al ingreso económico que percibía antes de ingresar a la cárcel.
Hay casos en los que no se puede establecer el monto económico que el Estado pagará por cada día de perjuicio a la víctimas. En esa situación, el cálculo se hace tomando en cuenta el salario mínimo nacional.
FONDOS
El Concejo de la Magistratura es la instancia que administra el fondo para indemnizaciones.
Ese fondo se nutre de cinco áreas: recursos ordinarios que asigne el Estado, multas impuestas y fianzas ejecutadas, costas en favor del Estado, indemnizaciones resultantes de delitos que afecten a los intereses colectivos o difusos y donaciones o legados al Gobierno que se hagan en favor del fondo.
ERRORES
En Bolivia, la probabilidad de que hayan víctimas de errores judiciales en las cárceles es elevada, debido a que la mayor parte de los reos está detenido preventivamente y aún no tiene sentencia. Es decir, los mantienen encerrados mientras las Justicia dirime su culpabilidad.
Solo en Cochabamba, hay 2.431 reclusos preventivos en las cárceles urbanas (San Sebastián Varones, San Sebastián Mujeres, San Antonio, San Pablo de Quillacollo y San Pedro de Sacaba), y hay otros 552 dentro de esos mismos recintos que ya tienen condena.
El departamento valluno es el que menos reos sentenciados tiene respecto a otros del eje troncal del país.
En Santa Cruz, por ejemplo, hay 4.384 internos que aguardan su sentencia, pero 2.429 que ya están juzgados.
Mientras que en La Paz, hay 1.111 privados de libertad con condena, según datos emitidos en el Informe Defensorial denominado “Volcar la mirada a las cárceles”, que se refiere a la situación de vulnerabilidad de las personas privadas de libertad en las cárceles de ciudades capitales de Bolivia.
Según ese documento de la Defensoría del Pueblo, el sistema penitenciario está en “crisis”.
La detención preventiva, como parte de las medidas cautelares de carácter personal, “se ha convertido en una de las principales problemáticas que contribuyen negativamente en la crisis del sistema penitenciario, ya que las autoridades encargadas de la administración de justicia realizan un uso excesivo y no excepcional de este mecanismo, teniendo un impacto directo en el incremento de la población penal, y por ende, en las consecuencias negativas que generan la mayor cantidad de detenidos preventivos frente a los sentenciados en los centros penitenciarios”.
Monto
2.060 bolivianos es el salario mínimo nacional. Con base en ese monto se calcula la indemnización a las víctimas de errores judiciales.