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  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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ALCALDÍA APRUEBA ORDENAMIENTO PARA EDIFICIOS SUSTENTABLES

Urbanistas dicen que reglamento es un “engaño” y no es ecológico

La Sociedad de Estudios Urbanos Regionales del Colegio de Arquitectos habla de graves vacíos. El Secretario de Planificación de la Municipalidad responde: La norma es perfectible.
Urbanistas dicen que reglamento es un “engaño” y no es ecológico


La Sociedad de Estudios Urbanos Regionales del Colegio de Arquitectos de Cochabamba planteó al menos 12 objeciones al reglamento de la Ley de Incentivo a las Edificaciones Sustentables, Ecológicas y Amigables con el Medio Ambiente, aprobado por la Alcaldía.

El presidente de la Sociedad, Javier Molina, mostró su molestia por el contenido del reglamento que permitirá incentivos para los constructores que edifiquen de acuerdo a criterios ecológicos y sustentables. Aseguró que, en diciembre de 2018, hicieron conocer un pronunciamiento técnico a la Alcaldía alertando sobre irregularidades. “Pero nuestra carta nunca recibió respuesta”.

El secretario de Planificación de la Alcaldía, Rafael Sainz, admitió que existen algunos vacíos, pero aseguró que “la norma es perfectible”.

Sobre el tema del pronunciamiento, señaló que “la norma esperó mucho tiempo para ser aprobada y que las observaciones de la Sociedad de Estudios Urbanos llegaron a destiempo”.

El alcalde suplente temporal de Cochabamba, Iván Tellería, firmó el lunes el Reglamento, documento que fue publicado en la Gaceta Oficial, por tanto entró en vigencia. Se estableció 10 criterios de sustentabilidad, como: ahorro de agua, implementación de espacios verdes, innovación en el diseño, ahorro de energía, utilización de fuentes de energía renovables, separación de residuos sólidos, utilización de materiales reciclables, proyección de la obra de acuerdo al clima local y transporte, construcciones de mayor calidad, y utilización de materiales obtenidos de materias primas generadas localmente.

Para el coordinador de la Comisión Urbana de la Construcción de Edificaciones Sustentables, en representación del Colegio de Arquitectos, Martín Pérez, la norma busca aportar a la ecología de Cochabamba. Dijo que el tratamiento demoró “más de un año”.



OBSERVACIONES Molina calificó al reglamento como “maquillaje. Es deficiente no solo la norma, sino la ley. Es un engaño, una mentira a nombre de la ecología”.

Dijo que las edificaciones no deben estar en cualquier zona de la ciudad. “En otros países, se autoriza edificaciones en altura en espacios definidos. Toda construcción genera un impacto al vecino”. Dijo que incrementar las construcciones tendrá un efecto en los servicios como los de la basura, agua y alcantarillado. Crearemos desorden”.

Sugirió un trabajo integral, “es decir observar que la norma debe estar acorde con leyes sobre patrimonio, ambientales y otras”.

Agregó que el beneficio será para unas pocas empresas constructoras, y no para la ciudadanía, y planteó “rehacer la ley y el reglamento con profesionales entendidos”.

Criticó los criterios para calificar una edificación. “Están al ojo de buen cubero del funcionario. Hay parámetros de medición internacionales que no se han tomado en cuenta”.

Se preguntó: “¿Qué pasa si el edificio pierde su sustentabilidad? ¿Se le va a multar?, ¿Se va a demoler?”. Un claro ejemplo es el mercado de la 25 de Mayo y Jordán que debería tener una enredadera, pero se ha secado y el muro verde ya no existe”.

Dijo que el propietario de un terreno no es dueño de todo el espacio que está arriba. Para construir tiene que pedir permiso a la ciudad, es decir la Alcaldía está dando autorización a nombre de la ciudad”.

Calificó como error de la Alcaldía “permitir que se afecte la faja jardín en las avenidas, por ejemplo. No hay una medición de esa área verde ni de cuánto de oxígeno genera y qué tipo de vegetación debe tener”.

Quitar el metro cuadrado de área verde por habitante es otro error y no sigue ninguna norma internacional.



ALCALDÍA Por su lado, el secretario de Planificación de la Alcaldía, Rafael Sainz, dijo que “la idea es beneficiar el medio ambiente, dinamizar la economía, tal como sucede en Santa Cruz, además de generar trabajo”.

Aseguró que el reglamento y los resultados serán exitosos “si se hace control en las construcciones para que cumplan con los requisitos”.

Dijo que “no hay nada que garantice los resultados, mientras no se haga seguimiento al cumplimiento de los requisitos”. Aseguró que, de acuerdo a las condiciones técnicas, los proyectos arquitectónicos, para ser considerados edificaciones sustentables de densificación vertical, es decir, edificios, deben cumplir: un perfil de vía mayor a 15.00 metros, un frente de lote mayor a los 18 metros. Igual hay detalles para lotes intermedios y lotes en esquina. La superficie para construir no puede ser menor a los 1.000 metros cuadrados.



AHORRO DE AGUA Respecto al ahorro del agua, el reglamento toma los siguientes parámetros de cumplimiento obligatorio para el informe de Proyecto Sustentable:

- Sistema de reutilización de aguas grises. Deben tener una red recolectora de aguas grises (lavavajillas, ducha, tina, lavamos o lavadora). Debe captar por lo menos el 45 por ciento del volumen del consumo de agua potable del edificio.

- El sistema de tratamiento de aguas grises debe eliminar contaminantes físicos, químicos y biológicos.

- Las aguas grises tratadas deben ser utilizadas con carácter obligatorio para riego de las áreas verdes, limpieza de áreas comunes, opcionalmente estas podrán utilizarse para la alimentación de los inodoros.

- Contempla, además, el sistema de reutilización de aguas pluviales, sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones: diseño de red de captación y aprovechamiento de aguas pluviales, que además debe considerar: la captación de agua pluvial mínima en el 70 por ciento de la superficie de las cubiertas del edificio; diseño de tanque de almacenamiento de aguas pluviales, que, además, tiene que ser un sistema de prefiltrado.

El reglamento

Tres tipos de construcción .

El reglamento aprobado identificó tres tipos de edificaciones e incentivos:

- La uni o multifamiliar en condominio, con construcciones de baja densificación (habitabilidad), de entre 4 plantas (planta baja más tres pisos) hasta 5 plantas (planta baja más cuatro pisos).

- Las edificaciones sustentables multifamiliar y/o uso no habitacional son edificaciones de densificación media, comprendidas entre 10 plantas (planta baja más 9 pisos), hasta 16 plantas (planta baja con 15 pisos).

- La edificación de densificación vertical es para construcciones con alta habitabilidad. Comprende entre 16 plantas (planta baja más 15 pisos).

Sobre construcciones uni o multifamiliares, Martín Pérez explicó que, por ejemplo, el estilo de casa en Cochabamba incluye los patios con franja jardín “con preservación natural de plantas”.

Agregó que también se puede trabajar con terrazas con balcones ajardinados. “Lo que se quiere es incentivar a las familias a preservar el contexto natural de las plantas ya existentes que se está perdiendo hoy en día. Por estas construcciones se prevé un incentivo de tipo económico para los dueños, es decir, bajar el monto del impuesto”.



Incentivos

Si es que el proyecto se adecúa a criterios de sustentabilidad, la Alcaldía prevé autorizar hasta seis pisos adicionales en edificios, pudiendo alcanzar 20 en total (una planta baja y 19 pisos).

Las edificaciones sustentables que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento serán beneficiadas con un “tratamiento especial en lo referido a alturas, perímetro de la evolución de la volumetría y otros que garanticen la sostenibilidad de las edificaciones, con excepción de la faja jardín frontal en planta baja".



Criterios sustentables Se definió 10 criterios sustentables: ahorro de agua, implementación de espacios verdes, innovación en el diseño, ahorro de energía, utilización de fuentes de energía renovables, separación de residuos sólidos, utilización de materiales reciclables, proyección de la obra de acuerdo al clima local y transporte, construcciones de mayor calidad, y utilización de materiales obtenidos de materias primas generadas localmente.